• EL TRÁFICO DE DROGAS.

    El tráfico de drogas se recoge como delito en el Código Penal en el Capítulo III, dedicado a los delitos contra la salud pública.

    Lo primero a destacar es que el consumo de drogas no está prohibido en España.

     El tipo básico se recoge en el artículo 368 CP:

    "Los que ejecuten actos de cultivo, elaboración o tráfico, o de otro modo promuevan, favorezcan o faciliten el consumo ilegal de drogas tóxicas, estupefacientes o sustancias psicotrópicas, o las posean con aquellos fines, serán castigados con las penas de prisión de tres a nueve años y multa del tanto al triplo del valor de la droga objeto del delito si se tratare de sustancias o productos que causen grave daño a la salud, y de prisión de uno a tres años y multa del tanto al duplo en los demás casos."

    En cuanto a las conductas delictivas que describe este artículo, son variadas y pretenden cubrir la toda actividad relativa a la difusión ilícita de las drogas, partiendo desde el cultivar, para proseguir con la elaboración y tráfico, así como cualquier forma de promocionar, favorecer o facilitar el consumo.

    Hay conductas de resultado (cultivar, elaborar, traficar) y de peligro (promocionar, favorecer,facilitar y poseer).

     

     

    Hay dos escalas punitivas: la primera, y más grave, para los casos referidos a las drogas que según la ley, causan grave daño a la salud, y una escala menos punitiva para los demás casos; esto es, los referidos a drogas que no causan grave daño a la salud, puesto que se supone que causan un daño leve.

     

     

    Son drogas duras:

    la cocaína (TS 2ª, Ss. 23 feb y 29 jun 1990, 24 jul 1991, 16 jun 1993),

    la morfina

    la heroína

    las anfetaminas (TS 2ª, Ss. 24 jul y 23 oct1991),

    la centramina o "speed bollo", que esuna mezcla de heroína y cocaína (TS 2ª, S.24 jul 1991),

    el sulfato de anfetamina, porquecrea dependencia psíquica o complexión a su ingestión continuada o periódica (TS 2ª, Ss. 23 oct 1991, 14 abr 1992, 21 may 1993),

    elrophinol, no por su composición intrínseca, sino por el abuso hacia el que deriva su consumo sin control médico, dado que se vende en farmacias sin prescripción (TS 2ª.Ss. 14 abr y 8 dic 1992, 27 may 1993).

     

    Son drogas blandas:

    el hachís y todas lasderivadas del cáñamo índico (TS 2ª, Ss. 4 feb y 7 may 1988, 24 jul 1991).

    las benzodiacepinas.

     

    Si a un individuo se le imputa un delito contra la salud pública por tráfico (por ejemplo) de sustancias que no causan grave daño a la salud y no concurren circunstancias atenuantes o agravantes, la condena solicitada sería de uno a tres años de prisión y multa por el doble del valor en mercado de la sustancia incautada.

    Si a un individuo se le imputa un delito contra la salud pública por tráfico (por ejemplo) de sustancias que causan grave daño a la salud y no concurren circunstancias atenuantes o agravantes, la condena solicitada sería de tres a nueve años de prisión y multa por el triple del valor en mercado de la sustancia incautada.

     

     

    La primera precisión ha de hacerse respecto de lo que se debe entender por drogas tóxicas, estupefacientes y sustancias psicotrópicas, para lo cual será preciso acudir a las Listas y Catálogos de los acuerdos internacionales a los que adhirió España. A título de ejmplo, tenemos:

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